miércoles, 31 de marzo de 2010

VALORACIÓN QUE REALIZA IZQUIERDA UNIDA A LOS PRESUPUESTOS MUNICIPALES DE 2.010
La alianza del P.A. con el P.P. ha impedido se lleve un control del presupuesto

votos a favor 10 del voto particular que presenta iuca
votos encontra 11

Desde Izquierda Unida entendemos que el análisis sobre los distintos capítulos que conforman el Anteproyecto de Presupuesto Municipal para 2.010 debe realizarse sobre los resultados obtenidos en el ejercicio de 2.008, incluso sobre los resultados de 2.009, porque ambos ejercicios nos muestran la realidad de ingresos y gastos realmente recibidos y ejecutados. No es riguroso, y por tanto, no es objetivo, el empeño del gobierno municipal de comparar las cifras que se nos propone para 2.010, con las que tenía previstas en 2.008, al ser la realidad distinta una vez conocidos ingresos y gastos.

Es verdad que la Liquidación del ejercicio de 2.009 no está practicada, pero también es verdad que del estado de ejecución de ingresos y gastos conocemos casi al cien por cien lo que ha sucedido el año pasado. En este sentido, Izquierda Unida analiza el Anteproyecto de Presupuesto Municipal de 2.010.


1.- INGRESOS CORRIENTES.

Dentro del Presupuesto de Ingresos, de acuerdo con bases de prudencia y la suma de los derechos reconocidos netos en el ejercicio de 2.008 e incluso 2.009, encontramos capítulos y partidas cuya recaudación a todas luces son ficticias.

1.1.- IMPUESTOS DIRECTOS.
Hay un incremento con respecto a 2.008 de 2.300.000 euros (28,86%)
En relación a 2.009, el aumento es de 1.202.000 euros (13,26%).

1.2.- El IBI de Urbana está presupuestado con un exceso de 588.163 euros (12,55%) en relación a los derechos reconocidos de 2.009.

1.3.- El Incremento del Valor de los Terrenos -Plusvalía- está sobredimensionado en 950.000 euros en relación a los derechos reconocidos de 2.009 (118,75%) más.

1.4.- El Impuesto de Construcciones está inflado en 250.000 euros (97%) más en relación a los derechos reconocidos de 2.009, y mucho más en relación a las previsiones iniciales del Presupuesto fallido del año pasado.

1.5.- Las Licencias Urbanísticas tienen un exceso de previsión de 50.000 euros (33% más).

1.6.- La Tasa por Aprovechamiento del Subsuelo de Telefónica, Endesa y Gas tiene una previsión excesiva de 100.000 euros (26,5% más).

EN RESUMEN: LOS INGRESOS FICTICIOS PRESUPUESTADOS ASCIENDEN A UN MÍMIMO DE 2 millones de euros (casi 333 millones de pesetas).

La gravedad de presupuestar ingresos por encima de la realidad es que con cargo a ellos se contraen obligaciones de gasto que sí son reales, provocando un déficit considerable a final de año.

2.- GASTOS CORRIENTES.

2.1.- El GASTO DE PERSONAL presupuestado representa el 50,19% del gasto corriente, si a eso le añadimos que el gasto real previsto es de 13.450.000 euros, nos encontramos con un capítulo que supone el 52% de las operaciones corrientes.

2.2.- Los gastos reales de BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS aumentan un 7,40% en relación a lo gastado en 2.008 y 4,22% con respecto a 2.009.
3.- Los gastos en TRANSFERENCIAS CORRIENTES superan en 772.073,78 euros (58,60%) las obligaciones contraídas de 2.009. Este capítulo de gasto es el 6.68% de los gastos ordinarios, cuando en 2.009 ha sido de solo 3,95%.

En base a lo que hemos expuesto presentamos un voto particular al Anteproyecto de Presupuesto Municipal.

VOTO PARTICULAR QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL DE IULV-CA A LOS PRESUPUESTOS MUNICIPALES DE 2.010


El Grupo Municipal de Izquierda Unida, presenta voto particular al dictamen de la Comisión Informativa de Economía, Cuentas y Patrimonio celebrada el día 29 de marzo de 2.010, en base a las siguientes consideraciones:

PRIMERA.- Se debe suprimir en el capítulo I de Gastos de Personal la Oferta de Empleo Público para 2.010, que recoge la creación de una plaza de Director de Recursos Humanos.

SEGUNDA.- Las Bases de Ejecución del Presupuesto recogerán la elaboración y aprobación antes del mes de agosto de un Estudio de Optimización y Rendimiento de los Recursos Humanos, de conformidad con la Valoración de puestos de trabajo y el Estatuto Básico del empleado público. Sería una disposición adicional séptima.

TERCERA.- A la Base 16ª se le debe añadir un punto 3 con el siguiente texto: Para el desarrollo y ejecución del gasto, en las partidas 410.920.00.131.00 y 410.920.00.131.01, dotadas con 1.377.140,98 € y 100.000,00 €, y referentes a la contratación de personal eventual, la Comisión de Personal acordará mensualmente el personal que se debe contratar. Los acuerdos que tome esta Comisión serán vinculantes para el órgano contratante”.

CUARTA.- A la Base 16ª se le tiene que añadir un punto 4 con el texto: “Para el desarrollo y ejecución del gasto, en la partida 760.241.00.470.00, dotada con 150.000 € para subvención ayuda de seguridad social en la contratación de personal, el Consejo Rector del OAL para la Promoción y Desarrollo de Andújar, elaborará un Reglamento en el plazo de un mes desde la aprobación del Presupuesto Municipal para establecer las condiciones de acceso a las subvenciones-ayuda a la contratación de personal.

El referido Consejo Rector tomará mensualmente acuerdo sobre las subvenciones-ayuda. Los acuerdos del OAL serán vinculantes”.

QUINTA.- Añadir una disposición adicional octava a las Bases de Ejecución que exprese: “Se completará la partida 600.150.00.480.00 dotada con 38.061,12 € hasta alcanzar un crédito de 300.000,00 € con cargo a nuevos y mayores ingresos de los previstos para la reparación de viviendas, mobiliario y enseres de las personas y enseres de las personas afectadas por las pasadas inundaciones en el término municipal de Andújar.

A tal fin la Comisión de Obras y Servicios elaborará un Reglamento en el plazo de UN MES desde la aprobación del presupuesto municipal para distribuir las subvenciones-ayuda. Los acuerdos que sobre esta materia tome la referida Comisión serán vinculantes”.

SEXTA.- Se creará un nueva partida de inversión de 150.000 € para la adquisición de las cocheras anexas a la muralla árabe.

SEPTIMA.- Añadir una disposición adicional novena a las Bases de Ejecución con el texto: “Se gestionará una póliza de tesorería u otra figura de crédito financiero por importe de 4 millones de euros para el pago a proveedores. La Comisión de Economía y Hacienda establecerá las condiciones y prioridades de pago. Los acuerdos de la referida Comisión serán vinculantes”.

OCTAVA.- Modificar la Base 4ª de las Bases de Ejecución sobre Vinculación Jurídica de los Créditos para que el nivel de vinculación jurídica se extienda al término subconcepto, en cada una de las partidas que componen el Presupuesto en su Clasificación Económica y, al subprograma en la Clasificación por Programas.

Igualmente, cualquier crédito extraordinario, suplemento o ampliación de crédito, transferencia o generación de crédito, así como la incorporación de remanentes o bajas por anulación, serán informados por la Intervención Municipal y sometidos a la aprobación del Pleno.

NOVENA.- Añadir una disposición adicional décima que diga: “La Comisión de Economía, Cuentas y Patrimonio elaborará Planes Trimestrales de Tesorería y de Pagos, que serán revisados y aprobados mensualmente en el seno de la mencionada Comisión”.

DECIMA.- Añadir una disposición adicional undécima que contengan los siguientes puntos:

1.- Aplicación de la antigüedad que corresponda a todos los trabajadores y trabajadores de talleres de de Casa Municipal de Cultura, Escuela de Música, etc.

2. Aplicación del documento de valoración a todos los trabajadores municipales, con efectos 1 de Julio de 2010.

3.- Reclasificación de: Cuidadoras-Educadores, Auxiliar Ayuda a Domicilio y Bomberos.

4.- Modificación de la RPT., complemento de destino de las dos plazas de administrativos
Soporte de Aplicaciones C-120 a C-122, con el pago correspondiente.

5.- Modificación de la RPT., grupo C, destino, de las plazas de Ayuda a Domicilio, mediante el proceso legal que corresponda, mientras tanto, pago de la compensación económica legal por la diferencia de grupo, CD y CE.

6.- Modificación de la RPT., grupo y destino, de las plazas de Educadora-Cuidadora E.I.M. mientras tanto, pagos de la compensación económica mensual por la diferencia de grupo C2 a C1, CD y CE.

7.- Modificación de la RPT., creación de una plaza laboral con la denominación “Jefe de Sección de Promoción Económica”, A127 y valoración del puesto.

8.- Modificación de la RPT., creación de una plaza de Jefe de Sección Técnica Jurídica de Urbanismo, A-27, y valoración del mismo.

9.- Adscripción a un puesto de 2ª actividad de la empleada municipal Doña María Jiménez Jiménez.

10.-Promoción interna de la empleada municipal Doña María del Mar Arias Galán, del puesto de limpiadora en 2ª Actividad al Puesto de Auxiliar Administrativo.

11.-Modificación de la RPT, creación de una plaza de jefe de Sección écnica Jurídica de Medio Ambiente y Servicios, A-127, y valoración del puesto

Por todo lo expuesto, el Grupo Municipal de Izquierda Unida propone al Pleno de la Corporación la adopción de los siguientes


ACUERDOS


PRIMERO.- La Corporación Municipal aprueba el contenido de este Voto Particular al Anteproyecto de Presupuesto General para 2.010.

SEGUNDO.- Que el Anteproyecto de Presupuesto General del Ayuntamiento de Andújar para 2.010 recoga las enmiendas contenidas en este Voto Particular.

Andújar, 30 de marzo de 2.010


Fdo: Juan Antonio Sáez Mata
Portavoz

PCE

PCE
ANDUJAR